Juicios sucesorio testamentario, hipotecarios, arrendamientos, comodato.
Cuando una persona fallece deja tras de sí los bienes, derechos y obligaciones que adquirió durante su vida, éstos son susceptibles de ser transmitidos a otras personas, a esto se le conoce como una sucesión, ya sea testamentaria o intesta mentaría. El derecho de suceder los bienes de una persona que ha fallecido ya sea por parte de sus familiares más directos o bien por alguna otra persona que considere tener el derecho de heredarlo se lleva a cabo a través de un juicio sucesorio.
Tipos de Juicios Civiles en México:
1. Juicio Sucesorio Testamentario:
- Definición: Es un procedimiento legal que se lleva a cabo para determinar quiénes son los herederos de una persona fallecida y distribuir sus bienes de acuerdo con su testamento.
- Cuándo se aplica:
- Cuando la persona fallecida dejó un testamento válido.
- Cuando no hay testamento, se aplica el proceso de sucesión intestada.
2. Juicio Hipotecario:
- Definición: Es un procedimiento legal que se inicia por parte del acreedor hipotecario para cobrar una deuda mediante la venta del bien inmueble que fue hipotecado como garantía del pago.
- Cuándo se aplica:
- Cuando el deudor hipotecario no cumple con sus obligaciones de pago.
- El acreedor debe notificar al deudor del inicio del procedimiento judicial.
3. Juicio de Arrendamiento:
- Definición: Es un procedimiento legal que se lleva a cabo para resolver conflictos entre arrendador e inquilino relacionados con el contrato de arrendamiento.
- Cuándo se aplica:
- Cuando una de las partes incumple con las obligaciones establecidas en el contrato de arrendamiento.
- Las causas más comunes de incumplimiento son el impago de la renta, el mal uso del inmueble o la violación de las normas de convivencia.
4. Juicio de Comodato:
- Definición: Es un procedimiento legal que se lleva a cabo para recuperar un bien inmueble que ha sido prestado en comodato (préstamo de uso gratuito).
- Cuándo se aplica:
- Cuando el comodatario se niega a devolver el bien inmueble al comodante.
- El comodante debe notificar al comodatario su intención de recuperar el bien.